jueves, 14 de junio de 2012

Negocios en entornos internacionales: La remesa documentaria como instrumento de cobro/pago en el comercio exterior




"Lo importante para la empresa no es solo vender, sino vender y cobrar lo efectivamente vendido...más aún en tiempos de crisis global"


Negocios en entornos internacionales: La remesa documentaria como instrumento de cobro/pago en el comercio exterior

La remesa documentaria se constituye en un instrumento de cobro/ pago por el que el vendedor remite (a través de su banco) los documentos comerciales representativos de la mercancía al importador (también a través de su banco), acompañados de uno o varios efectos financieros, debiéndose entregar los primeros contra pago o aceptación de los segundos. El vencimiento del efecto puede ser a fecha fija o establecido en un plazo que comienza a contar desde la fecha de su aceptación. TAMBIÉN SE PUEDE HABLAR DE REMESA EN LA QUE SOLO SE INCLUYAN LOS DOCUMENTOS COMERCIALES

Ejemplo: En el caso de que el pago sea realizado a la vista no es común que el exportador remita un efecto, ya que lo normal es pagar contra la entrega de la documentación comercial

LA REMESA DOCUMENTARIA RESPONDE A LAS TRANSACCIONES COMERCIALES EN LAS QUE LAS PARTES RENUNCIAN A SELECCIONAR EL CREDITO DOCUMENTARIO COMO FORMA DE SATISFACER EL PAGO, PERO EXIGEN GARANTÍAS PARA LA REALIZACIÓN DEL SUMINISTRO

Remesa documentaria en fideicomiso

Instrumento de pago por el que el vendedor remite los documentos comerciales de la mercancía, excluyendo documentación financiera. Éstos son entregados al comprador contra la firma del “Trust Receip”, que es un documento que acredita la recepción de las mismas pero no transmite su propiedad.

La recepción se realiza a los efectos de que el importador pueda gestionar ciertos trámites, especialmente los vinculados a inspecciones y/o verificaciones de producto.

En este supuesto la aceptación definitiva de la mercancía se encuentra condicionada a que ésta cumpla las condiciones requeridas. El comprador se reservará el derecho a devolverla en el caso de que no se ajuste a los requerimientos exigidos por las autoridades para la introducción en el mercado de destino

Esta fórmula de pago es muy común en los EEUU,y se suele utilizar cuando el importador americano adquiere productos agroalimentarios sometidos al cumplimiento de la estricta norma federal de “Food and Drugs”

Relación entrega de la mercancía-pago

El pago puede ser realizado:

a. Pago antes de la entrega: No es común en la práctica comercial internacional, ya que si las partes pactan esta forma de cobro-pago será más lógico acudir a otros instrumentos más rápidos y sencillos

b. Pago simultáneo a la entrega: Se trata de la remesa documentaria pagadera a la vista. El exportador da la orden al banco de que no entregue los documentos comerciales mientras el comprador no efectúe el correspondiente pago.

c. Pago posterior a la entrega: Remesa documentaria pagadera a plazo. Exige del comprador que acepte un efecto financiero con pago diferido, el cual deberá ser atendido al vencimiento.

Caben dos modalidades de aceptación:

a. Simple aceptación: No requiere de la presentación de garantía adicional por parte del importador.

b. Aceptación contra garantía bancaria: La que se refuerza con la presentación de aval o garantía a favor del exportador, que será ejecutado en el supuesto de que el comprador no atienda al pago

Negativa del Comprador a aceptar el efecto financiero

El comprador puede negarse a aceptar el efecto con la intención dolosa de no pagar o basándose en criterios justificados desde un punto de vista jurídico:

1. Dudas razonables sobre las características de la mercancía entregada por el vendedor.

2. Ausencia de documentos que impiden o dificulten la libre disposición de la mercancía.

3. Errores y/o discrepancias en la documentación.

4. Cargo de los gastos bancarios al importador cuando se había pactado que éstos fuesen por cuenta del vendedor.

La remesa documentaria con pago diferido exige que el vendedor envíe las mercancías al punto de destino estipulado por las partes antes de realizar el cobro de la transacción comercial. En este caso deberá asumir el riesgo de que el comprador no acepte el efecto o no pague. ¿

¿Qué puede hacer si la mercancía se sitúa en destino y no encuentra la respuesta adecuada del comprador? La decisión estratégica a adoptar en esas circunstancias supondrá una pérdida para el exportador, que debe buscar la solución menos perniciosa a sus intereses. Cabe optar por: 1. Repatriar la mercancía 2. Reenviarla a otro destino donde cuente con un comprador 3. Almacenarla 4. Abandonarla 5. Venderla a menor precio.

Gestión del Cobro

En lo que a la actuación de los bancos se refiere, normalmente cumplen funciones de meros intermediarios en el pago, aunque también pueden responder en calidad de garantes de las obligaciones y derechos de vendedor y comprador o financiarlos.

Cumplen estrictamente las instrucciones recibidas del exportador, no pudiendo realizar interpretación alguna de la carta de cobro-pago. Únicamente deben verificar que los documentos coinciden con las instrucciones, aunque en la práctica el banco remitente devuelve al vendedor la remesa en el supuesto de que detecte algún defecto, con la finalidad de que éste lo subsane antes del envío. Son ajenos a cualquier litigio de carácter comercial nacido de discrepancias sobre la mercancía.

Los bancos que intervienen en la operación son:

a. Banco remitente: Entidad financiera que se vincula directamente con el exportador, en calidad de intermediario en la gestión del cobro de la operación. En ningún caso está obligado a anticipar fondos al vendedor, ni a garantizar los documentos o condiciones de la remesa. En el supuesto de que se produzca impago o protesto del efecto por parte del comprador actuará en nombre del exportador. Puede financiarle cuando el pago se plantee a plazo diferido

b. Banco presentador: Entidad financiera que actúa en calidad de agente del banco remitente, siguiendo sus instrucciones. Puede otorgar financiación al importador, cuando el instrumento de pago se plantee a la vista

Proceso operativo

1. El exportador envía las mercancías al importador, reuniendo los documentos referentes al cobro.

2. El exportador entrega al banco remitente los documentos de la remesa (comerciales y financieros.

3. El banco remitente, siguiendo las instrucciones del cedente, confecciona la cartas remesa y envía al banco presentador los documentos, trasladándole las instrucciones recibidas.

4. El banco presentador comunica al importador la aceptación la recepción de los documentos y las instrucciones que debe cumplir para poder recibirlos.

5. El importador paga o acepta el efecto financiero y el banco presentador le entrega los documentos necesarios para gestionar la aduana de importación.

6. El banco presentador reembolsa el importe de la remesa al banco remitente.

7. El banco remitente abona al exportador los fondos recibidos.

Con el fin de evitar posibles discrepancias en el cobro el vendedor debe realizar las pertinentes comprobaciones de la documentación, dando a su banco las instrucciones al efecto, de manera clara y concisa.

Entre otras cuestiones deberá:

1.Verificar la documentación comercial y financiera.

2. Comprobar que es enviada en las condiciones pactadas (vgr. número de copias de cada documento.

3. Identificar quien corre con los gastos de la remesa.

4. Determinar como debe actuar el banco en el supuesto de que se produzca el impago o la no aceptación del efecto (protesto).

Riesgos asociados a la remesa documentaria

La gestión del cobro-pago a través de remesa documentaria lleva asociados una serie de riesgos que pueden afectar a cualquiera de los operadores implicados:

a Importador: El importador no puede revisar la mercancía antes de efectuar el pago, por lo que puede recibir una mercancía distinta a la solicitada e Igualmente ésta puede llegar en mal estado. En cualquier caso ,si esto sucediera, debería reclamar al exportador por incumplimiento contractual

b. Exportador: 1. Si se pacta que la remesa documentaria sea pagadera a la vista, la mercancía se encontrará en el puerto de destino, por lo que si el comprador no cumple se generará los consiguientes gastos para el vendedor 2. Si la remesa es a plazo puede suceder que el importador acepte el efecto financiero y llegado su vencimiento no abone la cantidad, en cuyo caso el exportador tendría que activar el protesto internacional

c. Banco remitente: 1. En primer lugar cuenta con un riesgo operativo derivado de la incorrecta interpretación de las instrucciones dadas por el exportador, o su simple incumplimiento 2. Además asumirá un riesgo financiero en el caso de que anticipe el cobro de los documentos

d. Banco encargado del cobro: 1. Asume un riesgo operativo derivado del incumplimiento de las instrucciones dadas por el banco remitente en el caso de que no se verifique que la documentación recibida se corresponde con la que indica la carta remesa, o cuando no se comprueba la conformidad de la aceptación

Ventajas e inconvenientes de la remesa documentaria como instrumento de pago/cobro.

a. Ventajas.

Para el importador: 1. La remesa documentaria es más barata que la apertura de un crédito documentario 2. Se asegura la entrega de los documentos que acreditan el dominio de la mercancía cuando acepta o paga el efecto financiero 3. Puede aplazar la aceptación o el pago hasta que se produzca la llegada efectiva de la mercancía.

Para el exportador: 1.Se trata de una forma de pago más barata que el crédito documentario, y lo que es más importante, más segura que l pago realizado a través de cheque o remesa simple (el exportador mantiene siempre la posesión de la mercancía, y puede recuperarla) 2. El exportador posee los documentos que hacen prueba de la venta lo que le facilita el acceso a la financiación bancaria.

b. Inconvenientes.

Para el importador: 1. Si la remesa es a la vista, el importador no tiene la posibilidad de revisar la mercancía antes de efectuar el pago. Si paga o acepta y luego no es conforme la reclamación debe hacerse al margen de la remesa.

Para el exportador: 1. Si el importador no paga o acepta los documentos la mercancía queda retenida en el puerto de destino, incurriendo el vendedor en gastos adicionales 2. El proceso de cobro no es ágil.


Fuente: Gregorio Cristóbal Carle


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