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lunes, 9 de diciembre de 2019

Efectos del proteccionismo comercial en el escenario internacional de los intercambios: ¿Mito o realidad?



"Si la idea de que las ganancias y beneficios del comercio constituyen, muy probablemente, el aspecto más relevante de la teoría económica internacional, la polémica creada entre el impulso del libre comercio o la necesidad de aplicar políticas proteccionista es, actualmente, uno de los temas de debate más recurrentes desde el punto de vista de la política económica internacional."

Desde la aparición de los estados-nación en el siglo XVI, los gobiernos han tenido y manifestado una preocupación permanente por los efectos que la competencia internacional tiene sobre la prosperidad del tejido empresarial nacional y, en consecuencia han tratado de defenderla el tejido empresarial propio de la competencia exterior, imponiendo límites a las importaciones, o bien de ayudarlas a la hora de competir en el exterior, subvencionando las exportaciones.

En este sentido, uno de los pocos aspectos de la economía en los que existe un amplio y mayoritario consenso es el que se refiere a las desventajas que reporta el impedir que las naciones comercien libremente, mediante el establecimiento de aranceles y otras medidas no arancelarias, que pueden parecer oportunas en un determinado momento, cuando en realidad siempre son poco realistas.

El consenso se fundamenta en que está demostrado que, a medio y/o largo plazo, dichas medidas terminan por repercutir en el crecimiento económico global porque generan incertidumbres y desconfianza , además de las consiguientes pérdidas económicas y dificultades para las empresas que realizan intercambios comerciales internacionales, algo que, sin duda, termina por afectar a todos los actores implicados en el escenario trasnacional de los negocios, desde los países que deciden establecer dichas medidas hasta las empresas, los consumidores finales y a la ciudadanía en general.

Argumentos a favor del proteccionismo.

Como es lógico los gobiernos que deciden adoptar medidas comerciales proteccionistas de carácter temporal tratan de defenderse, armarse y explicar con argumentos la posición que pretenden sustentar. Las razones que alegan pueden ser muy variadas pero siempre están condicionadas por las amenazas de un escenario económico asociado a la pérdida de competitividad de su tejido empresarial en un contexto caracterizado por la imposibilidad manifiesta para hacer frente a dicha situación con medidas eficientes y eficaces que puedan revertir el curso de los acontecimientos. Entre los argumentos más recurrentes, utilizados y relevantes cabe destacar:

1. Argumento fundamentado en el desplazamiento de la relación real de los intercambios, o el poder de mercado.

Cuando un país grande establece un arancel va a ejercer una presión a la baja sobre el precio del producto importado y, por tanto, generará un beneficio en su relación real de un intercambio -precio de las exportaciones/precio de las importaciones- que terminará aumentando. Este beneficio debe ser comparado con los costes derivados del establecimiento del arancel, que surgen debido a que dicha medida distorsiona los incentivos a la producción y al consumo. Sin embargo, es posible que en algunos casos el efecto sobre la relación real de intercambio del arancel sea superior a sus costes, por lo que existe un argumento de aumento en la relación real de intercambio a favor del establecimiento de un arancel.

El argumento sólo es válido en la medida en que las compras del país que adopta el arancel sean lo suficientemente importantes como para afectar de forma significativa a los precios del producto importado en los mercados mundiales, o dicho en otros términos, que se trate de un país con poder de mercado.

2. Argumento de la industria naciente.

Se trata de un argumento que habitualmente es utilizado para justificar la adopción de políticas proteccionistas en los países en vías de desarrollo, aunque no sea el único escenario comercial en el que se suele aplicar.

De acuerdo con esta medida, cuando emerge una industria o actividad en un país se ve incapacitada, en esa fase inicial para competir en condiciones de igualdad con las empresas extranjeras “maduras”, es decir, aquellas que fueron establecidas anteriormente. Para permitir que la actividad naciente se desarrolle será necesario que los gobiernos apoyen temporalmente a las nuevas industrias, hasta que tenga un tamaño y capacidades suficientes para enfrentarse a la competencia internacional.

El argumento de la industria naciente que puede, en un principio, resultar muy plausible y razonable, no está exento de críticas, siendo muchas las dudas e interrogantes que genera. Entre algunos de ellos cabría destacar los siguientes: ¿qué criterio seguir para evaluar cuáles son las industrias en las que el país tendrá ventaja comparativa en el futuro?, ¿cómo determinar cuándo la industria ha crecido suficientemente para retirar la protección?, ¿qué hacer si la industria nunca acaba de crecer?, etc.

3. El argumento del anti-dumping.

En este caso la adopción de medidas proteccionistas se fundamenta y justifica en la necesidad de proteger la industria nacional frente a la competencia salvaje de empresas extranjeras que están llevando a cabo prácticas desleales, ya sean éstas mediante la venta en los mercados exteriores a un precio inferior al coste sui generis o a un precio inferior al establecido en el mercado de origen.

Un argumento añadido y asociado a dicha tesis es el que considera que determinados países llevan a cabo un “dumping social”, como consecuencia de los bajos costes a los que producen gracias a los reducidos salarios y/o a la inexistencia de unas condiciones laborales y sociales mínimas para los trabajadores que desarrollan su actividad en el país de fabricación y/o de montaje de la mercancía exportada.

4. El argumento de la baja competitividad.

Algunos países deciden adoptar medidas proteccionistas, generalmente de carácter transitorio, con la finalidad – así lo entienden- de poder hacer frente a la mayor y mejor competitividad en precios respecto a empresas de otras naciones competidoras.

En este sentido, y a la hora de buscar una explicación de por qué son tan grandes las dificultades para alcanzar el libre comercio global debemos tener en cuenta quién sale beneficiado y quién sale perjudicado del establecimiento de barreras comerciales.

La reflexión clave es que aunque el avance hacia el libre comercio beneficie al conjunto de la sociedad y al tejido empresarial de un país, probablemente se va a producir un conflicto de intereses entre aquellos grupos que salen beneficiados y aquellos que se ven perjudicados por las medidas adoptadas por los correspondientes gobiernos, siendo precisamente ese conflicto de intereses dentro de las naciones el mayor obstáculo que existe en materia de apertura comercial - puede llegar a superar, incluso, a los los conflictos de intereses que puedan producirse a nivel internacional, entre naciones-.

En este escenario el poder relativo de los diferentes grupos de presión dentro de los países, en mayor medida que el interés nacional global, puede acabar por determinar las políticas gubernamentales con respecto al comercio internacional, lo que motiva mayores trabas y barreras para avanzar hacia el libre comercio.


Escenario global y efectos reales del proteccionismo comercial : Una falacia económica de repercusiones altamente desfavorables para gobiernos, empresas y ciudadanos.

Muchos países adoptan medidas proteccionistas a los intercambios comerciales por entender que la entrada de mercancías en su mercado interior afecta y perjudica irremisiblemente su normal funcionamiento, mermando así las capacidades, competitividad y productividad de su tejido empresarial y poniendo en serias dificultades los procesos de exportación de dichas compañías hacia los mercados exteriores.

En este sentido, y en el escenario global del comercio en el que cualquier nación debe enmarcarse, la adopción de dichas medidas termina por generar el efecto perverso de reducir ostensiblemente los intercambios y ralentizar el crecimiento económico…. ¿por qué y cómo se llega a dicha situación?.

Es innegable que le hecho de recurrir al proteccionismo produce repercusión inmediata, beneficiosa y efectiva en el mercado en el que son aplicadas, ya que produce el freno de las importaciones y fomenta la producción de la empresa nacional... pero no hay que olvidar que se trata de dificultar la entrada de materias primas a un determinado territorio aduanero, por lo que si dicha decisión restrictiva de los intercambios perdura en el tiempo esas materias primas comenzarán a escasear, lo que desembocará en una subida generalizada de los precios para poder hacer frente a la insuficiencia de recursos materiales para la producción.

En una segunda etapa es habitual que surjan mercados paralelos que traten de dar respuesta al desabastecimiento de productos, lo que además repercute negativamente en las políticas impositivas y la fiscalidad del país que adopta la medida. Así, la situación sufre un empeoramiento progresivo, momento en el que las autoridades deciden optar por intervenir los precios con la finalidad de tratar de evitar que se produzca el colapso de la economía nacional, lo que termina por producir efectos y daños irreversibles a los intereses económicos y la imagen del país a nivel internacional.

Por todo ello, parece evidente que la adopción de medidas proteccionistas, ya sea a través de la imposición de barreras arancelarias, no arancelarias, o mediante el recurso a ambas figuras aplicadas de forma simultánea, debe seguir un proceso de reflexión meditado, objetivo y estratégico en el que se valore tanto la duración de las mismas, como el sector en el que van a ser aplicadas y los efectos que pueden producir en el mercado interior afectado por la decisión.

Está demostrado empíricamente: En un mundo altamente interconectado como en el que vivimos el impulso y la aplicación de medidas proteccionistas por parte de los gobiernos sólo puede generar efectos altamente perniciosos para la totalidad de los agentes que intervienen en los procesos económicos y en los intercambios comerciales como elemento estratégico primordial para impulsar el crecimiento y la mejora progresiva de las condiciones de vida de los ciudadanos, porque limita, destruye, genera inseguridad, desconfianza, incertidumbres, y porque, más pronto o más tarde, termina por llevar a cualquier economía por la senda del fracaso anunciado.

miércoles, 2 de enero de 2019

Perspectivas de la economía global y el comercio internacional en 2019



Iniciado ya el año 2019, las proyecciones de crecimiento de la economía global y los intercambios comerciales internacionales no son nada halagüeñas, presentando ambas variables un importante deterioro (3,5% respecto al 3,7% del periodo anterior).... ¿las causas de dicha desaceleración? Entre las más relevantes se pueden mencionar las dudas, riesgos e incertidumbres generadas por la guerra comercial entre EE.UU y China y el consiguiente auge de las políticas proteccionistas en materia arancelaria, la inminente y ya definitiva salida de UK del mercado interior UE, o la probable subida de tipos de la Reserva Federal, lo que va a afectar directamente a las economías de los países emergentes.

Así, los distintos gobiernos deben ser responsables, consecuentes y conscientes de los efectos negativos surgidos de este complejo escenario. Olvidarse ahora de políticas cortoplacistas y demagógicas y adoptar las medidas necesarias con la finalidad de amortiguar la temida ralentización y desaceleración del crecimiento económico mundial se ha convertido en una necesidad ineludible porque al final, serán los consumidores y los ciudadanos en general los que terminen por pagar las consecuencias de vivir en una aldea global.

martes, 18 de diciembre de 2018

El proteccionismo económico y comercial termina por perjudicar a todos, sin excepción



En principio, el hecho de que un gobierno adopte este tipo de medidas puede generar un beneficio inmediato a su mercado interior, sus empresas y sus ciudadanos, pero en realidad se trata de decisiones estratégicas demagógicas, que a medio y largo plazo terminan por generar grandes perjuicios...y las razones son innumerables. El efecto inmediato logra el objetivo de consumir producción nacional, pero a lo largo del tiempo las materias primas terminan por escasear, provocando la consiguiente subida generalizada de los precios.

A medio plazo la situación empeora con la inevitable pérdida de competitividad del tejido empresarial y la creación de mercados negros paralelos que tratan de abastecer la demanda interna, con las consiguientes pérdidas en materia de fiscalidad y recaudación impositiva. Ante dicha situación los gobiernos suelen intervenir los precios, decisión que deriva en una subida generalizada de, los costes y en la escasez progresiva de la oferta. En suma, una solución monentánea que finalmente se vuelve contra el país que decide adoptarla...un error de manual y una tentación equivocada en la que quedan atrapados muchos gobiernos.

jueves, 29 de septiembre de 2016

Cuando los Estados se equivocan: Consecuencias negativas del auge del proteccionismo

"En la última década se ha producido un retroceso de la apertura económica en todo el mundo".

Cuando los Estados se equivocan: Consecuencias negativas del auge del proteccionismo.

En la última década se ha producido un retroceso de la apertura económica en todo el mundo, según el Global Competitiveness Report 2016-2017, el informe del World Economic Forum (WEF) que evalúa la productividad y competitividad de 138 países.

Aunque las medidas proteccionistas que dificultan el comercio internacional son generalizadas, el informe alerta de que su efecto "es más acusado en los países de renta alta y medio-alta". Y eso que el análisis se basa en datos que aún no reflejan el resultado del referéndum sobre el brexit.

Por octavo año consecutivo Suiza encabeza la clasificación de las economías más competitivas del mundo, seguida de cerca por Singapur y Estados Unidos. Países Bajos ocupa el cuarto puesto y el quinto corresponde a Alemania, que ha escalado cuatro posiciones en dos años.

El ranking se basa en el Índice de Competitividad Global (ICG), que define la competitividad como el conjunto de instituciones, políticas y factores que determinan el nivel de productividad de un país. El profesor Pascual Berrone y la investigadora María Luisa Blázquez, del International Center for Competitiveness (ICC) del IESE, colaboran con el WEF en la elaboración del capítulo español.

De norte a sur.

Los países europeos, que ocupan seis de los diez primeros puestos, dominan la clasificación. Suecia, Reino Unido (con datos anteriores al brexit) y Finlandia se sitúan en la sexta, séptima y décima posición, respectivamente.

Aunque la división norte-sur sigue siendo evidente, pues Grecia cae cinco puestos (86) e Italia uno (44), España vuelve a sorprender al subir uno (32). Así, en dos años, España ha ascendido tres posiciones. Destaca por sus infraestructuras, tamaño del mercado, preparación tecnológica y sofisticación empresarial, mientras que sus debilidades son el entorno macroeconómico (lastrado por la abultada deuda pública) y la falta de eficiencia del mercado laboral (con una legislación restrictiva).

En cuanto a los países BRICS, China se mantiene (28) e India es la que más avanza (39), con una zancada de 16 puestos. Rusia y Sudáfrica suben dos posiciones (43 y 47, respectivamente) y Brasil es el único que tropieza (81) al caer seis peldaños.

Una tendencia alarmante.

La encuesta anual con la que el World Economic Forum toma el pulso a los directivos augura malos tiempos para la productividad. Según Klaus Schwab, fundador y presidente ejecutivo del WEF, "el retroceso en la apertura de la economía global daña la competitividad y dificulta el esfuerzo de los líderes por alcanzar un crecimiento sostenible e inclusivo".

La apertura al comercio internacional de bienes y servicios está "relacionada directamente con el crecimiento económico y el potencial innovador de un país", señala el informe. A pesar de ello, los resultados de la encuesta apuntan a un cierre gradual de las fronteras, principalmente un incremento de las barreras no tarifarias, como los requisitos legales y normativos. Se dan también otros tres factores: trámites aduaneros más complicados, normas restrictivas que afectan a la inversión extranjera directa y menos adquisiciones internacionales.

El informe del WEF insiste en que apertura e innovación "van de la mano y se refuerzan entre sí". Es más, constata una clara correlación entre la apertura de una economía a la competencia extranjera y su puntuación en innovación.

Sobre el estudio.

El Global Competitiveness Report 2016-2017 clasifica las economías del mundo en función del Índice de Competitividad Global desde 2005. Los 138 países analizados este año representan el 98% del PIB mundial.

La clasificación de cada país responde a su puntuación agregada en los doce apartados considerados por el WEF como los pilares de la competitividad: Instituciones, infraestructuras, entorno macroeconómico, salud y educación primaria, educación superior y formación, eficiencia del mercado de bienes, eficiencia del mercado laboral, desarrollo de los mercados financieros, preparación tecnológica, tamaño del mercado, sofisticación empresarial, e innovación.

Las puntuaciones en los doce pilares se basan en 114 indicadores, valorados a partir de datos estadísticos recopilados por organizaciones reconocidas internacionalmente y los de percepción que arroja la Executive Opinion Survey del WEF. Esta encuesta se ha convertido en una de las más importantes de su categoría, ya que recoge la opinión de más de 14.000 directivos de los 138 países analizados.


Fuente: Klaus Schwab, Klaus; Xavier Sala i Martin y World Economic Fórum/ IESE Insight.

domingo, 17 de abril de 2016

Índice DHL, 2014: Europa a la cabeza de la interconectividad y la globalización

"Aunque es frecuente que los problemas lleven a reforzar las fronteras y a parapetarse tras ellas, cuando el crecimiento se contrae es más necesario que nunca recordar el poder de la conectividad global para acelerar la recuperación" Ghemawat y Altman.

Índice DHL, 2014: Europa a la cabeza de la interconectividad y la globalización.

La profundidad de la globalización aumentó en 2013, tras haberse estancado en 2012 como consecuencia de la crisis. Sin embargo, contra lo que podría pensarse, el nivel general de conectividad sigue siendo limitado, con un volumen de intercambios comerciales y flujos de capital todavía inferior al de antes de la crisis.

Así lo indica el Índice de conectividad global DHL 2014, elaborado por el profesor del IESE Pankaj Ghemawat y el colaborador científico Steven Altman.

Este índice mide la profundidad y la amplitud de la conectividad global y sus principales tendencias mediante el análisis de más de un millón de datos desde 2005. La última edición cubre 140 países y territorios, que en su conjunto suman el 99% del PIB mundial y el 95% de la población del planeta.

Los autores concluyen que el mundo no está tan interconectado como cabría esperar y señalan que aumentar la conectividad "podría ser una poderosa palanca para estimular el crecimiento global e incrementar el PIB mundial en billones de dólares".

Cuatro tipos de flujos.

El índice identifica doce tipos de interacciones transfronterizas, que se pueden agrupar en cuatro categorías:

1. Comerciales: Comprenden los flujos de bienes y servicios.

2. De capital: Incluyen los flujos y stocks de inversión extranjera directa (FDI) e inversión de cartera (se excluyen los capitales en deuda, por los peligros que se asocian a los altos niveles de endeudamiento internacional).

3. De información: Esta categoría incorpora los datos sobre ancho de banda y llamadas telefónicas internacionales, así como los intercambios comerciales de material impreso.

4. De personas: Mide los movimientos de personas a largo (migraciones), medio (estudiantes universitarios en el extranjero) y corto plazo (turismo).

Profundidad, amplitud y dirección.

El análisis de estos flujos permite establecer: 1. La profundidad de la globalización 2. La amplitud dela globalización 3. La dirección de la globalización.

1. La profundidad se define por el volumen de los flujos internacionales de un país con respecto al tamaño de su economía doméstica: Tras registrar una gran caída con la crisis y cierto estancamiento posterior, la conectividad global está aumentando de nuevo, aunque a un ritmo modesto. Los territorios líderes en este aspecto son ricos y relativamente pequeños: Hong Kong, Singapur y Luxemburgo.

2. La amplitud estudia cuánto se asemeja la distribución de los diferentes flujos internacionales de un país a la distribución mundial del mismo tipo de flujos: Los países mejor situados en esta categoría también suelen ser ricos, pero de mayor tamaño. El podio lo ocupan Reino Unido, Estados Unidos y los Países Bajos.

3. La dirección distingue entre los flujos entrantes y los salientes: Con el objetivo de que los responsables de llevar a cabo las políticas tengan en cuenta todas las implicaciones que conlleva.

Europa, a la cabeza.

Si se combinan profundidad y amplitud, los Países Bajos son los primeros de la lista en conectividad, seguidos de Irlanda y Singapur.

Y si se echa un vistazo a las tendencias regionales, Europa resulta ser la zona más interconectada del mundo, con nueve economías entre los diez primeros puestos.

El sudeste asiático, por su parte, destaca por su elevado grado de conectividad en relación con lo que podría esperarse por características como el tamaño de los países o su desarrollo económico. Los cinco territorios que más destacan en este sentido son Malasia, Vietnam, Camboya, Hong Kong y Singapur.

El avance de las economías emergentes.

Es relevante el gran salto de las economías emergentes, que "están redefiniendo la conectividad global y ya son protagonistas de la mayoría de interacciones internacionales", sostienen Ghemawat y Altman en el informe.

Por lo general, las economías avanzadas no han seguido el mismo ritmo, tal y como refleja el hecho de que la amplitud de estas economías se esté reduciendo, mientras que la de las emergentes aumenta, aunque desde niveles más bajos.

La tendencia hacia la regionalización de los intercambios comerciales, que llevaba décadas produciéndose, se ha desvanecido en los últimos tiempos: todos los flujos (comercial, de capital, de información y de personas) cubren distancias mayores en 2013 que en 2005.

Los incrementos más pronunciados en la conectividad entre 2011 y 2013 se han producido en el África subsahariana y Latinoamérica (incluyendo el Caribe), regiones a las que pertenecen ocho de los diez países que más han avanzado. La zona que cubre el Norte de África y Oriente Medio es la única donde el nivel de conectividad ha sufrido una fuerte caída.

El proteccionismo, un freno para el crecimiento.

Mirando hacia el futuro, se prevé que la economía mundial crezca más rápidamente entre los años 2014 y 2019 que en las últimas tres décadas. Tomando este dato en consideración, los autores concluyen que las principales amenazas para la globalización no son los motivos puramente macroeconómicos, sino la aplicación de políticas proteccionistas.

Fuente: Pankaj Ghemawat y Steven Altman /IESE Insight.

viernes, 21 de octubre de 2011

Las barreras no arancelarias: Un instrumento para dificultar el libre comercio mundial





"Los aranceles están claramente completados y contabilizados en términos económicos, pudiéndose conocer a a priori el efecto que producen sobre el precio de una mercancía, pero el impacto sobre los costes generado por las medidas no arancelarias es dificil de calcular por su incertidumbre, y en muchos casos, falta de transparencia"


Barreras no arancelarias y comercio mundial

Las barreras no arancelarias son el conjunto de medidas que, sin guardar ninguna relación con los aranceles aduaneros, alteran el libre comercio internacional, estableciendo distinciones entre los artículos importados o de fabricación local, o entre los artículos exportados o de consumo local.

La continua reducción de derechos arancelarios nacida de las ocho rondas de negociaciones llevadas a cabo por el GATT ha aumentado la importancia relativa de las barreras no arancelarias como instrumentos de protección y regulación del comercio.

El conocimiento empírico y conceptual de las barreras no arancelarias es relativamente limitado ya que los datos de los que disponen tanto los Gobiernos como las Instituciones Internacionales relacionadas con el Comercio Exterior son escasos o poco actualizados

La Base de datos más relevante se encuentra en el Sistema de Análisis e Información Comercial TRAINS de la Conferencia de Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNTAC), a la que se puede acceder con el programa informático WITS- Solución Comercial Integrada Mundial

Barreras no arancelarias: Clasificación

1. Medidas de Control de Precios: Encaminadas a controlar los precios de los artículos importados por razones de:

a. Sostenimiento de precios interiores de ciertos productos cuando el precio de importación es inferior al precio sostenido
b. Fijación del precio interior de ciertos productos por causa de su fluctuación o de su inestabilidad en mercados extranjeros
c. Compensación de los perjuicios ocasionados por la aplicación de prácticas desleales de comercio


Medidas: 1. Fijación Administrativa de Precios 2. Limitación Voluntaria del Precio Mínimo de las Exportaciones 3. Suspensión de Licencia de Importación 4. Aplicación de Gravámenes 5. Medidas Antidumping 6. Derechos Compensatorios

2. Medidas financieras: Encaminadas a regular el acceso a la adquisición de divisas para gestionar operaciones de importación , definiendo las condiciones del pago.

Pueden incrementar el coste de las transacciones de la misma forma que lo hacen los aranceles en la introducción de mercancías en un determinado territorio aduanero

3. Medidas de control de cantidad: Tienen por objeto limitar la importación de determinados productos, de todas las procedencias o de determinadas fuentes de suministro.

Se gestionan mediante la aplicación de restricciones en la concesión de licencias, la fijación de contingentes a la importación o la imposición de prohibiciones a la introducción de mercaderías en el territorio aduanero que adopta las medidas

Las restricciones cuantitativas se refieren a la imposición de contingentes o techos a la importación o exportación de las mercancías sujetas al régimen, ya que causan daño comercial en el momento de la vigencia de dicho régimen

Imponen limitaciones cuantitativas o cualitativas a las transacciones comerciales y exigen la obtención de la correspondiente Autorización, que es otorgada por la Administración con carácter discrecional . Además es necesario acompañarla del documento que hace referencia a la “Solicitud de Adjudicación de Contingente Cuantitativo...”

4. Medidas monopolísticas: Crean una situación monopolística al conceder derechos en exclusiva a un solo operador económico o a un grupo limitado de operadores por razones sociales, fiscales o económicas

5.Medidas técnicas: Las adoptadas atendiendo a las características técnicas de los productos, tales como las normas de calidad referentes a las mercaderías, sus dimensiones, la seguridad, los procedimientos de prueba, el envase y el embalaje para el transporte o el marcado y etiquetado de los productos para su entrada en un determinado territorio aduanero

6. Subvenciones: A pesar de que nos encontremos ante un proceso de liberalización mundial del comercio siguen existiendo medidas proteccionistas, establecidas por los Estados o las Organizaciones Supranacionales (UE)

Tienen por objeto la defensa de su tejido industrial y empresarial, cuando éste se encuentra en crisis o simplemente afecta a un sector estratégico y son contrarias al derecho de la competencia

Sirva como ejemplo el entramado de subvenciones vinculado a la Política Agraria que ha generado una guerra comercial entre la UE y los EEUU
Recordemos que el artículo VI del GATT establece la posibilidad de imponer gravámenes arancelarios adicionales a la importación para aquellas mercancías que se constate que han recibido subvenciones, generalmente oficiales, para ser exportadas

La normativa legal que regula el incentivo comercial denominado draw-back permite a los exportadores inscritos en un censo creado al efecto obtener la restitución total o parcial de los derechos de importación y del IVA generado por los productos importados, una vez hayan sido utilizados en la elaboración de una mercancía exportada con posterioridad, de sus envases o incluso cuando dichos bienes importados se hayan incorporado a otra mercadería distinta, siendo ésta objeto de exportación

7. Propiedad intelectual: La OMC ha desarrollado un acuerdo sobre “Medidas de Protección de Derechos de propiedad Intelectual e Industrial en Frontera”, convenio cuyo contenido debe ser traspasado a los ordenamientos nacionales de los Estados.

Dicho acuerdo otorga la facultad a autoridad aduanera para suspender de oficio el despacho de mercancías infractoras del derecho protegido esto es, mercancías piratas, o de mercancía de marca registrada falsificada.
Para tal efecto la ley exige que del simple examen de la mercancía resultare evidente que se trata de un producto pirata y/o de marca registrada falsificada.

Esta circunstancia puede derivar en retenciones arbitrarias de mercancías, especialmente en países donde impera la ausencia de seguridad jurídica y la corrupción.

En estos casos, se debe comunicar el hecho al titular, si estuviere identificado, a objeto que ejerza los derechos que le corresponden de conformidad con la misma normativa y en particular para que proporcione información acerca de la autenticidad de las mercancías



Vigilancia mundial de las barreras no arancelarias

La vigilancia mundial de las barreras no arancelarias resulta problemática, dado que varían de un país a otro, cambian con frecuencia y son difíciles de clasificar y cuantificar.

Los especialistas dicen que la falta de transparencia en ese planteamiento de la regulación del comercio lo expone a abusos. Es difícil calcular sus efectos en el comercio internacional, aunque son amplios.

Es obvio que las BNA perjudican especialmente a las exportaciones de los países en desarrollo y de los países menos adelantados (PMA). La UNCTAD estima que en 2009 el 40% de las exportaciones de los PMA se vieron afectadas por las BNA. El pronunciado incremento de su utilización durante los últimos años supone cargas costosas y a menudo innecesarias para las empresas que luchan por adaptar sus exportaciones a las normas técnicas, sanitarias o administrativas.

Las barreras no arancelariasinfluyen en la capacidad de oferta, la competitividad de las exportaciones y el acceso a los mercados de los países en desarrollo.

Beneficios de la eliminación de las barreras no arancelarias

Los efectos económicos de las barreras no arancelarias pueden analizarse en función del coste de su presencia o del beneficio de su supresión. Los procedimientos de homologación/certificación implican costes adicionales al fabricante o al importador.

a.Costes de adquisición de información: Las normas son caras y muchas veces es necesario contratar a un asesor profesional.

b. Costes de documentación: Toda la documentación que hay que entregar a los organismos de homologación/certificación ha de realizarse en el idioma del mercado de destino por lo que en muchos casos hay que traducirla, o modificar los planos con otra métrica.

c. Costes de adaptación del producto al mercado de destino: Por ejemplo el cambio de posición del volante de un coche fabricado en UK para su exportación.

d. Costes generales: Viajes y estancias de personal que atiende el proceso de homologación/certificación en el país de destino

Los inconvenientes generados por esta modalidad de barrera no arancelaria afectan a:

a. Las empresas: 1. Generando un aumento de costes en I+D+i 2. Produciendo una pérdida en la eficiencia de la fabricación, ya que las series de fabricación tienen que adaptarse a condiciones distintas 3. Aumentando los costes de mantenimiento, almacenamiento y distribución

b. La administración: 1. Produciendo la duplicidad de ensayos y certificaciones 2. Obligándose a mantener los costes de los servicios de inspección 3. Desarrollando una infraestructura de calidad

c. El mercado: 1. Generando pérdidas indirectas debido a la menor competencia de los productos además de la racionalización de los procesos de fabricación 2. Aumentando el precio final de las mercaderías

El Acuerdo OTC

Como consecuencia de la crisis de las materias primas de 1973 los países articularon mecanismos de defensa de sus intereses comerciales mediante la implantación de barreras u obstáculos técnicos

El GATT, detectando este hecho comienza la Ronda de Tokio en la que se establece un “Código sobre Obstáculos Técnicos al Comercio” (OTC)


En la Ronda Uruguay de 1994 los países firmantes del GATT crean el “Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio”, que legisla el uso de los Reglamentos y las Normas Técnicas de los procesos que afectan a la homologación, certificación y confección de normas

Se refiere no solo a productos y servicios sino que también afecta a otros aspectos tales como el envase, el embalaje, o el etiquetado

El acuerdo se fundamenta en una serie de principios básicos: 1. Que no se establezca discriminación por el origen de las mercancías 2. Que se de el mismo trato a los productos importados que a los nacionales 3. Que se otorgue publicidad y transparencia a los Reglamentos Técnicos nacionales y a las Normas Técnicas Nacionales, así como a los Procedimientos de Homologación y Certificación 4. Que se coopere a nivel internacional

Reconoce que un Estado puede legislar técnicamente cuando ésta regulación protege la salud la vida de sus ciudadanos o preserva el medio ambiente..., pero ese derecho no puede derivar en la creación de un obstáculo técnico al comercio internacional

Igualmente establece la obligación de informar al resto de Estados firmantes sobre las nuevas creaciones legislativas de un Estado miembro relativas a los Reglamentos y Normas Técnicas que vaya a implantar. Lo debe hacer con el tiempo suficiente para su valoración

Por medio de los “Acuerdos de Reconocimiento Mutuo” (ARM) el Estado importador reconoce los procedimientos para la evaluación de conformidad principalmente relacionada con las certificaciones y homologaciones, expedidos por entes responsables de otro Estado exportador, permitiendo el acceso a su mercado sin necesidad de que los productos o servicios sean sometidos a procedimientos repetidos.

Cada Estado debe desarrollar un Servicio de Información y Documentación, atendiendo las solicitudes de otros Estados

El Acuerdo prevé el establecimiento de un sistema para solucionar las posibles diferencias entre Estados, para lo cual crea un Comité de Obstáculos Técnicos Comerciales, que vela por la aplicación y funcionamiento del Acuerdo y está compuesto por representantes de cada uno de los Estados firmantes.

Las consultas y soluciones a las posibles discrepancias son resueltas por el Órgano de Solución de Diferencias (OSD)

Conclusión

Las barreras técnicas al comercio constituyen un instrumento más, nacido de tentaciones proteccionistas, para dificultar o incluso impedir el libre movimiento de mercancías en en ámbito de las transacciones internacionales, lo que deriva en graves perjuicios para los intereses de la economía mundial, la generación de riqueza y la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos. Deben ser evitadas a toda costa

Fuente: Gregorio Cristóbal Carle

miércoles, 1 de junio de 2011

Medidas de defensa comercial en el mercado interior UE: ¿Proteccionismo o instrumento de amparo ante actos comerciales ilícitos?


"No hay cómo evitar medidas proteccionistas en un sistema que no esté avanzando", pues "el instinto [en situaciones de crisis] no es a favor del libre comercio, sino que es ser proteccionista".
Celso Amorim


El Mercado Interior:Medidas de defensa comercial.

La Unión Europea ha desarrollado una serie de mecanismos de defensa comercial con la finalidad de preservar el mercado interior compuesto por 27 países miembros, haciendo frente a los posibles daños causados a los productos comunitarios por las importaciones de mercancías de terceros países en "condiciones especiales" de carácter ilícito

A pesar de dicha postura pueda parecer excesivamente proteccionista las medidas que aplica la UE para defender su comercio afectan tan sólo al 0,45% de las importaciones comunitarias.

La normativa en ésta ámbito hace referencia a tres aspectos: 1. Los derechos anti-dumping 2. Los derechos compensatorios 3. La Usurpación de marca y la introducción de mercancías piratas en territorio aduanero comunitario

a. Medidas antidumping

Entre los instrumentos de defensa del comercio que utiliza la UE destacan las medidas antidumping, que tratan de combatir la importación de bienes por debajo del precio de mercado, o incluso por debajo de su coste de producción en el mercado interior. Se trata de una práctica que ya fue prohibida por el GATT

Normalmente el dumping es debido a ayudas estatales en los países de origen, que permiten a los exportadores vender a precios artificialmente bajos y se utiliza para dar salida a stoks de mercancías o para destruir a la competencia (cuado ésta ya no puede competir la empresa que ha desarrollado las prácticas de dumping eleva los precios, constituyéndose en un monopolio o cuasi-monopolio en el sector)

¿Cómo se controla? Mediante los datos estadísticos. Cuando la Comisión, un estado miembro e incluso una empresa detecta que una compañía no comunitaria está realizando prácticas ilegales de dumping en la exportación de productos a territorio aduanero comunitario la propia Comisión abre un procedimiento anti-dumping para hacer frente a dicha actividad ilícita.

El expediente abierto culmina con la correspondiente publicación de un Reglamento en el que se establece el derecho antidumping, fijado mediante el establecimiento de un tipo “ad valorem” (vgr. el derecho es del 40% del precio neto franco frontera de la Comunidad, no despachado en la aduana, sobre los productos importados y contemplados en el código taric con la referencia x).

A efectos prácticos el procedimiento terminaría con la aplicación del arancel que le corresponda a la importación al territorio aduanero comunitario, además del pago del derecho antidumping determinado por la propia Comisión.

La aplicación de una medida antidumping no es el final del proceso. El país exportador puede recurrir al Órgano de Solución de Diferencias de la OMC. El recurso debería ser inmediato y el país interesado debe presentar una solicitud de consulta e indicar quiénes la examinarán. Para ahorrar tiempo y recursos, el exportador ataca la parte más débil de la decision, en vez de impugnar todos sus posibles defectos.

b. Derechos compensatorios

El GATT, en su artículo VI reconoce la facultad de imponer gravámenes arancelarios adicionales a la importación en el supuesto de que se constate el hecho de que las mercancías importadas han recibido subvenciones públicas directas o indirectas para la exportación, no permitidas por la OMC.

La investigación sobre la posible subvención se inicia a requerimiento de las empresas afectadas y es llevada a cabo por la Comisión.

Durante el período de investigación, la Comisión puede imponer derechos compensatorios provisionales, de forma que los importadores deben depositar una garantía para el posible pago de los mismos.

Estas garantías se harían efectivas en el caso de que el Consejo de Ministros de la UE acordará la imposición de derechos compensatorios definitivos, cuya validez suele ser, generalmente, de cinco años. Las decisiones del Consejo de Ministros, en este caso, son adoptadas por mayoría simple de Estados miembros.

Procedimientos UE: El procedimiento antisubvención se desarrolla a través de una serie de fases que comienzan con la interposición de la correspondiente denuncia.

-Presentación de la denuncia: Cuando un sector industrial comunitario considera que ciertas importaciones son objeto de subvenciones y están causando un perjuicio, puede presentar una queja a la Comisión Europea, bien directamente o bien a través de un Estado Miembro.

La presentación de la queja se hará por escrito ante la Comisión Europea y deberá aportar elementos de prueba sobre la subvención, el perjuicio y la causalidad entre ambos.

La Comisión examinará la denuncia y determinará, en un plazo de 45 días, si existen elementos suficientes para justificar la apertura de una investigación. La queja será rechazada si la Comisión decide que no hay evidencia suficiente de la subvención o perjuicio o los denunciantes no representan una proporción de, al menos, un 25% de la industria comunitaria. La apertura de una investigación formal sobre una denuncia antisubvención se publica en el Diario Oficial de la UE, recibiendo notificación expresa las partes interesadas y los Gobiernos de los países exportadores afectados.

-Procedimiento comunitario de investigación: La investigación de la Comisión debe llevarse a término en un plazo de 12 meses a partir del inicio del procedimiento.

En una primera fase, la Comisión remitirá un cuestionario a los exportadores y a los importadores citados en la denuncia así como a los productores comunitarios, con el fin de evaluar el perjuicio.

Posteriormente se realizan visitas in situ a los productores, exportadores e importadores para comprobar las informaciones obtenidas y para conocer el punto de vista de las partes implicadas. Se podrá utilizar una muestra representativa, cuando exista un gran número de exportadores, importadores o demandantes.

Con la información obtenida, la Comisión determinará la existencia y el tipo de subvención, el perjuicio causado para la industria europea y el interés de la Comunidad.

-Naturaleza de la subvención: Sólo pueden adoptarse medidas compensatorias cuando la ayuda haya sido concedida a la producción, la exportación, la venta o el transporte de los productos en cuestión. Tiene que haber contribución financiera de los poderes públicos del país exportador como, por ejemplo, donación, exención fiscal o suministro por las autoridades nacionales de ciertos bienes y servicios a precios subvencionados. También es preciso que se haya concedido una ventaja a las sociedades beneficiarias.

Los préstamos concedidos en condiciones más favorables que las condiciones comerciales y la condonación de las deudas o cargas de seguridad social, constituyen casos típicos. La subvención debe ser específica: una subvención siempre es específica cuando está subordinada a los resultados de exportación o al uso de los productos nacionales en vez de los productos importados.

Existe igualmente especificidad cuando la subvención está limitada a una sociedad, a una industria o a un grupo particular de sociedades o industrias. Ciertos tipos de subvenciones no están sujetas a medidas aunque puedan ser específicas. Así, algunas ayudas a la investigación no están cubiertas; lo mismo ocurre con las subvenciones a regiones desfavorecidas o destinadas a permitir la adaptación de las empresas a nuevas normas ecológicas.

El importe del derecho compensatorio se determina sobre la base de la ventaja concedida al beneficiario a lo largo de un determinado periodo, normalmente el último ejercicio. En caso de donación o exención fiscal, el importe de la subvención suele ser evidente. Sin embargo, la concesión por los poderes públicos de un préstamo a un tipo reducido o la refinanciación de una sociedad en condiciones más favorables que las que concedería un inversor privado, requiere un análisis más complejo. El importe de la subvención suele expresarse sobre una base unitaria.

-Perjuicio causado: Sólo se podrán adoptar medidas compensatorias cuando las importaciones hayan causado un perjuicio "importante" a la industria de la Comunidad. Esto se traduce normalmente, en un aumento de las importaciones a unos precios significativamente inferiores y que afectan a las ventas, rentabilidad, cuota de mercado o productividad de los productores comunitarios.

La Comisión también debe establecer claramente un vínculo causal entre las importaciones objeto de subvención y el perjuicio causado, ya que las empresas pueden sufrir un perjuicio debido a otros factores. Interés de la Comunidad. Antes de adoptar una medida compensatoria debe tenerse en cuenta, si su adopción es de interés comunitario. Los productores, importadores, usuarios y consumidores pueden presentar sus observaciones sobre la oportunidad de las medidas.

-Medidas compensatorias provisionales: Si la investigación preliminar de la Comisión establece la existencia de una subvención perjudicial para la industria europea, consultará primero a los Estados miembros a través del Comité Consultivo, y establecerá a continuación los derechos provisionales.

Estos pueden establecerse durante un periodo comprendido entre los 60 días y los 9 meses a partir de la apertura de la investigación. No pueden exceder el importe de la subvención y pueden ser inferiores, si este nivel mínimo es suficiente para eliminar el perjuicio.

Los derechos provisionales son aplicables por un periodo máximo de 4 meses. Desde su establecimiento, los importadores deben depositar una garantía para el pago de los derechos a la importación de los productos en cuestión. Estas medidas provisionales se publicarán en el Diario Oficial de las Comunidades.

-Medidas compensatorias definitivas: Cuando la Comisión finaliza su investigación y tras consultar a los Estados Miembros, podrá proponer unos derechos compensatorios definitivos.

Estos se adoptan por el Consejo de Ministros y por mayoría simple de Estados miembros a favor de la propuesta. Los derechos definitivos se aplican por un periodo de 5 años y su establecimiento se publicará como Reglamento (CE) del Consejo en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Los exportadores de los terceros países afectados pueden proponer un compromiso de limitar la subvención o de tomar medidas que permitan aumentar los precios hasta un nivel que elimine el perjuicio causado. Si este tipo de compromiso puede vigilarse eficazmente, podrá aceptarse en sustitución de los derechos y será equivalente a unas medidas compensatorias definitivas.

Por otro lado, puede concluirse un procedimiento sin adopción de medidas cuando se demuestre la inexistencia de subvención y/o de perjuicio. Este cierre del procedimiento se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Subsidios versus derechos compensatorios: Un caso práctico

Las autoridades comerciales de México impusieron en mayo de 2007 derechos compensatorios a las importaciones del aceite de oliva procedente de la UE por considerar que los subsidios europeos a ese producto perjudican a su industria nacional.

Bruselas consideró que esos derechos son contrarios a los acuerdos comerciales en vigor, defendiendo que sus ayudas son a la aceituna y no al aceite directamente. Para la UE, "éste es un caso de gran importancia por su magnitud económica, pero también porque pone en evidencia ciertos problemas sistemáticos de las investigaciones mexicanas".

Bruselas defendió que México estaba violando la normativa comercial internacional con la aplicación de derechos compensatorios a las importaciones del aceite de oliva europeo, "tras una investigación que no se inició ni se realizó de conformidad" con las reglas de la OMC, "tanto por cuestiones de procedimiento (plazos o publicidad) como de fondo".

Un diplomático mexicano defendió por contra que su país "aún está abierto a encontrar soluciones negociadas" y lamentó que la UE haya solicitado la creación del grupo de expertos por una disputa en la que también se han personado como terceras partes Canadá, China, Noruega y Estados Unidos, según fuentes diplomáticas. (Fuente OMC)

c. Usurpación de Marcas y Mercancías Piratas.

La UE prohíbe el despacho a libre práctica, la exportación, la reexportación o la inclusión en un régimen de suspensión de las mercancías con usurpación de marca o las mercancías piratas.

De acuerdo con estimaciones internacionales, el comercio internacional de productos piratas y falsificados alcanzó la cifra astronómica de US$ 270 mil millones (billones), en 2007, sin incluir los productos digitales que fueron bajados directamente de Internet.

En el Tercer Congreso Mundial sobre la lucha contra la piratería y la falsificación, que se llevó a cabo a inicios de ese año, se calculó que los costos económicos ocasionados por la piratería y la falsificación ascienden a US$ 100,000 millones de dólares anualmente. Asimismo se estima que aproximadamente los productos piratas ocupan el 8% del comercio mundial

La usurpación de marca y la piratería de derechos de propiedad intelectual e industrial en general han conocido una considerable expansión. Las causas son muy diversas y así, entre otras, podemos citar la aparición de altas tecnologías que facilitan la reproducción de los distintos productos.

La usurpación de la marca por ejemplo, abarca sectores muy diversos y se manifiesta en diferentes etapas (no sólo la comercialización sino también la fabricación, distribución, etc)

Las consecuencias de los citados fenómenos son considerables, aunque todavía no se hayan calculado con exactitud. Según la Cámara de Comercio Internacional, el fenómeno representaría del 5% al 7% del comercio mundial.

Las pérdidas de empleo por causa de estos fraudes puede estimarse 100.000 anuales en la Unión Europea (120.000 en los EEUU) en los 10 últimos años. Entre los sectores más afectados a nivel mundial deben citarse el informático (35%), el audiovisual (25%), el sector del juguete (12%), los perfumes (10%), el sector farmacéutico (6%), la relojería (5%), el sector fonográfico y la industria del automóvil. En el sector de los programas informáticos, el índice de la piratería a escala mundial ascendería al 46%.

La trascendencia que han alcanzado en nuestro entorno el entramado de actividades ilícitas conocidas comunmente como piratería y que reflejan los datos anteriormente expuestos, hace necesario crear un marco estable de coordinación de las diversas políticas públicas destinadas a actuar contra dichas actividades.

Estas, además de suponer una conculcación de los derechos de Propiedad Intelectual e Industrial reconocidos por las leyes, producen diversos efectos nocivos que afectan a la economía de una nación (pérdida de ganacias fiscales, pérdida de confianza de los operadores y disminución de la inversión así como de los esfuerzos de innovación y creatividad ...) perjudicándose no sólo a los titulares de derechos sino también al propio funcionamiento del mercado (pérdida de competitividad de las empresas afectadas etc.), a los consumidores, a las empresas, a la sociedad (disminución en la creación de empleo y pérdida de puestos de trabajo etc.) y al propio estado.

En estas condiciones, se hace preciso definir cúales son las actuaciones que se están llevando a cabo para evitar los actos de piratería relativos a derechos de propiedad intelectual e industrial determinando el alcance e importancia de la intervención de las Oficinas de Patentes y Marcas en dichas actuaciones.

-Lucha UE contra la piratería comercial: Las actuaciones referentes a la lucha contra la piratería y la usurpación de marca pueden desarrollarse a dos niveles o en dos ámbitos diferentes: cuando dichos productos se encuentran ya dentro del mercado , o bien en el momento de entrar en el mismo, y por tanto en el mercado interior de la Unión Europea, por cualquier puesto fronterizo.

Lucha contra la piratería dentro del mercado español .De conformidad con las disposiciones del Código Penal actualmente vigentes, los delitos cometidos contra los derechos de propiedad industrial son perseguibles de oficio. Ello no obstante cabe la posibilidad de llevar a cabo la correspondiente denuncia.

La Oficina Española de Patentes y Marcas colabora activamente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, proporcionando en tiempo real información sobre titulares de derechos de Propiedad Industrial y sus representantes ante el organismo.

Estas actividades de cooperación tienen como finalidad fundamental evitar que el desconocimiento de quién sea el titular del derecho vulnerado determine que las actividades policiales de lucha contra la piratería devengan inútiles.

Actualmente, si bien el delito es perseguible de oficio, la activa intervención del titular es necesaria a fin de determinar el carácter falso o genuino de las mercancías incautadas.

Conclusión

Cualquier mercado está obligado a activar mecanismos de defensa ante las actuaciones comerciales ilícitas de terceros países que generan el efecto perverso de distorsionar la competencia. En consecuencia parece lógico, como así lo reconoció en su momento el GATT, y actualmente la OMC, que se autorice a las naciones afectadas por dichas prácticas a instrumentar las medidas apropiadas para hacer frente a los actos comerciales que se encuentran fuera de la ley y la ética más elemental. No se trata de proteccionismo, sino de una cuestión de supervivencia

Fuente: Gregorio Cristóbal