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viernes, 7 de febrero de 2014

Coste personal y coste para la empresa: Diez consejos para aumentar la productividad laboral

"Es posible que en alguna ocasión no le haya sido posible terminar todas las tareas pendientes en el trabajo debido a situaciones y motivos concretos. Si esta situación se repite con demasiada frecuencia , es posible que no esté siendo todo lo efectivo y productivo que podría y debería ser"

Coste personal y coste para la empresa: Diez consejos para aumentar la productividad laboral.

Tanto si últimamente le faltan horas para hacer todo lo que debería hacer, o bien piensa que podría dar más de sí mismo, mejorando su rendimiento, es importante que atienda a esta serie de consejos para ayudar a mejorar la productividad en el trabajo:

1. Al inicio de su jornada laboral, analice a todas las tareas que tiene pendientes para ese día: Le servirá para algo que resulta vital, que es el organizarse y establecer prioridades. De este modo, no olvidará llamar a ese cliente importante o realizar aquella transferencia pendiente.

2. Empiece por las tareas complicadas: Si normalmente se encarga de resolver primero los casos más sencillos y deja los más complejos y pesados para el final, es posible que al acabar la jornada se encuentre sin tiempo suficiente para terminar todo... lo más probable es que algo se complique. Dedique las primeras horas del día a resolver esas tareas menos placenteras para que, de este modo, a mitad de la jornada tan solo queden por hacer las más amenas y fáciles de resolver. Así, el día será más fácil.

3. Dedique el miércoles a revisar cosas pendientes: ¿Alguna vez se has encontrado un viernes por la mañana dándose cuenta de todo lo que ha ido arrastrando durante la semana sin que lo pueda seguir postergando? Si es así, algo que puede resultarle muy útil es dedicar parte del miércoles a revisar las cosas que están pendientes de hacer... facturas que enviar, llamadas sin realizar, concertación de reuniones, etc. De este modo, tendrá el jueves y el viernes para resolverlo y estará más relajado.

4. Evite las distracciones: Aunque pueda parecer una tontería, si es Ud. de los que cada cierto tiempo está comprobando sus novedades en Facebook o tu timeline de Twitter, es hora de dejar de hacerlo. No solo pierde un valioso tiempo, sino que, aunque no lo parezca, al hacerlo desconecta y pierdes el hilo de lo que estaba haciendo. Además, si suele recibir muchas llamadas en su móvil personal es recomendable apagarlo o ponerlo en silencio. En definitiva, se trata de toda clase de posibles distracciones, tratando de alcanzar la máxima concentración en lo que importa.

5. Mantenga su entorno de trabajo ordenado: Algo a lo que quizá se suele prestar menos atención de la necesaria es al ambiente de trabajo. Mantener la oficina hecha un desastre y tener la mesa sin orden ni concierto solo le hará perder el tiempo. Ponga empeño en mantener todo organizado y despejado, ya que no solo le será útil a la hora de encontrar lo que busca, si no que además mantendrá la mente despejada y podrá pensar con más claridad.

6. La música puede ser Su aliada: ¿se encuentras en un lugar ruidoso? Si trabaja en una oficina abarrotada de gente y las llamadas telefónicas y conversaciones entre compañeros Le distraen, podría ser realmente útil este consejo. Numerosos estudios han demostrado la eficacia de escuchar música en el trabajo, y es que no solo mejora su humor, sino que también aumenta su concentración y atenúa los ruidos externos. Eso si, cuidado con molestar a los demás.

7. Cuidado con las notificaciones de mensajes cuando trabaja en el ordenador: Y es que si trabaja con un ordenador, seguro que el auge de las notificaciones le ha afectado más de una vez. Si cuando recibe un email siente el deseo irrefrenable de abrirlo, debería probar centrarse en la tarea que está realizando y no cambiar a otra hasta que la finalice. Esa notificación de un nuevo email entrante o un nuevo mensaje de Skype pueden esperar, ya que lo único que conseguirá al prestarle atención, es quitársela a lo realmente importante.

8. Haga preguntas: Si como la gran mayoría de las veces, sus tareas influyen o tienen relación con las de sus compañeros de trabajo y en un determinado momento no está seguro de algo, recuerde que la comunicación es vital. Antes de hacer algo de lo que no está seguro, pregunte y asegúrese de que es correcto. De esta sencilla forma Evitará problemas posteriores que interrumpen el resto de tareas, pudiendo afectar a más personas.

9. Tome notas: Es común pensar que puede recordar todo, que no olvidará llamar a ese cliente para acordar una venta o que tiene que hacer unas llamadas y contestar a una decena de emails... pero al final, tarde o temprano, algo se acaba olvidando y terminará causando problemas. Por ello, es altamente recomendable apuntar cada tarea pendiente junto con una breve explicación para que sepa lo que ha de hacer y cuando lo tiene que hacer. Así, todo estará bajo control y se quitará un gran peso de encima. Da igual donde lo haga, ya sea una agenda, una libreta, post-it, el ordenador… lo importante es hacerlo.

10. Desconecte: Una vez terminada su jornada laboral, desconecte. Al igual que es vital estar totalmente centrado durante las horas de trabajo, también lo es descansar y dedicar tiempo a otras cosas. Cuando salga del trabajo, apague su teléfono de empresa y deje de pensar en las cosas que tiene que hacer al día siguiente. El hecho de no dejar de darle vueltas a las preocupaciones laborales solo logrará aumentar su estrés.

Conclusión.

Una persona organizada es sinónimo de una efectividad y productividad. En este sentido es necesario que cualquier trabajador establezca una serie de pautas personales y diarias para evitar "ruidos" que le produzcan desatención y le impidan desarrollar las tareas y cumplir los objetivos previstos.

Fuente: Sergio Asenjo/ Managers Magazine

viernes, 19 de julio de 2013

Innovación tecnológica y productividad empresarial: ¿Cuáles son sus límites?



"los poderes empresariales de dirección y vigilancia sobre la actividad del trabajador no pueden prevalecer sobre los derechos fundamentales de intimidad o dignidad personal del capital humano integrado en la organización".

Innovación tecnológica y productividad empresarial: ¿Cuáles son sus límites?.

La implantación en las organizaciones empresariales de adelantos tecnológicos avanza sin tregua y sus efectos se dejan notar, inevitablemente, en ámbitos como el laboral. La aparición de nuevas formas de control del empleado por parte del empresario, tanto dentro como fuera de su puesto de trabajo, es sólo una de las consecuencias de estos avances, que puede poner en entredicho derechos fundamentales de los trabajadores. En momentos de crisis la situación se vuelve, si cabe, más delicada para los empleados, que ven cómo el empresario dispone de más medios de prueba para justificar un despido.

Este es el punto de partida con el que arranca el artículo doctrinal ganador del 'XXVII Premio La Ley', del que es autora Susana Rodríguez Escanciano, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de León. En él se repasa la última doctrina y jurisprudencia sobre esta materia.

Supervisión empresarial.

En este sentido, uno de los puntos de mayor interés es el referente a la renovada dimensión del poder de supervisión empresarial. O lo que es lo mismo, el "control informatizado" o la "cibervigilancia". La aparición de "diferentes y sofisticadas modalidades en el ejercicio del poder de control empresarial que lo intensifican en su posibilidad e incidencia". A ello contribuye especialmente, tal y como señala la autora, la incorporación masiva de la electrónica a los procesos de producción de bienes y servicios.

Por ello, el estudio recuerda que si los medios técnicos aumentan el poder del empresario, no cabe aceptar "sin más" toda innovación tecnológica : los poderes empresariales de dirección y vigilancia sobre la actividad del trabajador no pueden prevalecer sobre los derechos fundamentales de intimidad o dignidad personal de éste. De ahí que se considere necesario alcanzar una situación de equilibrio entre el poder del directivo y los derechos del trabajador.

No facilita las cosas el hecho de que exista una escasa normativa legal en esta materia. Son los órganos judiciales quienes se encargan, a falta de otra opción, de establecer pautas de adecuación entre los nuevos sistemas y los derechos fundamentales. El punto de partida se sitúa en la doctrina del Constitucional, que "intenta, sin conseguirlo, hacer arraigar en los esquemas interpretativos de la jurisdicción ordinaria la idea del principio de proporcionalidad", señala la autora. La idea es que este principio sea utilizado en las controversias que surjan entre empresarios y empleados.

Atendiendo al dictado del Constitucional, hay que constatar si la medida que se evalúa judicialmente cumple con los tres requisitos clásicos: que la medida sea susceptible de conseguir el objetivo propuesto (juicio de idoneidad); que, además, sea necesaria en el sentido de que no exista otra más moderada para la consecución de tal propósito con igual eficacia (juicio de indispensabilidad o estricta necesidad); y que sea ponderada o equilibrada, por derivarse de ella más beneficios que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto (juicio riguroso de adecuación).

Ahora bien, la casuística complica la aplicación de estos principios teóricos y lo cierto es que existen "profundidad dudas" que asaltan a quien se vea en la tesitura de reclamar frente a la actuación empresarial potencialmente lesiva.

Registro del ordenador: un punto controvertido.

Por ejemplo, el registro directo de los terminales informáticos utilizados por los trabajadores (hardware) y el control del uso de Internet y del correo electrónico ha dividido a la doctrina y a la jurisprudencia, "sin que todavía hoy se haya alcanzado una postura claramente asentada". Hay sentencias que entienden que la dirección puede registrar libremente el contenido de los ordenadores -al considerarlos instrumentos de trabajo propiedad de la empresa-, mientras que otras entienden que su tratamiento debe asimilarse al de las taquillas o mesas de trabajo, propiedad de la empresa pero "cuyo registro debe efectuarse por los cauces del artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores (ET), es decir, según lo previsto para el registro de la persona del trabajador y sus efectos personales.

"Espionaje" al trabajador.

En cuanto a las técnicas de "espionaje" por parte del empresario -por ejemplo, el acceso a través de microcámaras, micrófonos, programas espías, etc.-, éstas sólo deben considerarse lícitas si se trata de poner al descubierto una conducta irregular de un concreto empleado, siempre y cuando "no exista otro medio menos lesivo de los derechos fundamentales" para ello. Además, el fin no debe ser divulgar la conducta del trabajador, sino tener conocimiento de ella.

Más clara es la jurisprudencia en otros aspectos, como la intervención de llamadas telefónicas (se admite el control de los datos externos de las llamadas realizadas desde el lugar de trabajo, pero casi nunca la intervención de su contenido, en aras del derecho las secreto de las comunicaciones), o el del seguimiento a distancia (es lícito cuando obedece a motivos de seguridad o cuando contribuye a comprobar el efectivo cumplimiento del obligaciones de los trabajadores).

Protección de datos.

Otro aspecto clave del estudio se encuentra en la aplicación de la legislación de protección de datos en los centros de trabajo. Los empresarios acumulan, a raíz de la relación laboral, un gran número de datos de relevancia de carácter personal referentes a sus empleados. De ahí que existan riesgos concretos, como la recopilación y transmisión de esta información a terceros, o la capacidad de combinación de datos por parte del empresario para crear "perfiles" de los trabajadores. A ello se une la ausencia de una normativa específica en esta materia. De momento, como principios inspiradores, la pertinencia y la proporcionalidad arrojan luz sobre esta cuestión.

Fuente: El Economista